El día 22 de noviembre de 2023 se publicó en la Gaceta Oficial No.29915-A la Ley 415 de 22 de noviembre de 2023, “Que modifica artículos del Código Judicial, relacionados con remates de bienes muebles e inmuebles”. En el presente documento haremos un cuadro comparativo de la forman en que estaban redactados los artículos modificados y la nueva redacción a partir de su reforma, y también expondremos las nuevas reglas en materia de fijación de la base del remate de inmuebles.
Cuadro comparativo de normas
| Texto anterior a la Ley 415 de 2023 | Texto reformado por la Ley 415 de 2023 |
|
Artículo 1652. Cuando se embarguen bienes inmuebles o su renta, naves o aeronaves, se dará orden al director del Registro correspondiente de hacer la inscripción provisional. Cuando se embargue un inmueble, el ejecutante presentará dentro de los dos días siguientes un certificado del Registro Público, en el cual conste si el inmueble está libre o si está gravado con hipotecas o anticresis. Presentará también otro certificado del empleado respectivo de Hacienda, acerca del valor que en el Catastro tenga la finca. |
Artículo 1652. Cuando se embarguen bienes inmuebles o su renta, naves o aeronaves, se dará orden al director del Registro correspondiente de hacer la inscripción provisional. Cuando se embargue un inmueble, el ejecutante presentará dentro de los dos días siguientes un certificado del Registro Público, en el cual conste si el inmueble está libre o si está gravado con hipotecas o anticresis. De igual forma, presentará un avalúo realizado por profesional idóneo, en el que conste el valor de mercado o comercial del inmueble. El deudor podrá presentar, antes de la fijación de la fecha de remate, su propio avalúo realizado por profesional idóneo, en el que conste el valor de mercado o comercial del inmueble. |
| Artículo 1657. A los inmuebles que paguen contribución al Fisco les fijará el Tribunal el valor que tenga asignado en el respectivo Catastro. | Artículo 1657. A los bienes inmuebles, el Tribunal les fijará el valor de mercado o comercial, con base en el valor promedio de los avalúos presentados por las partes. De no existir constancia de la presentación del avalúo del deudor, el juez fijará su valor sobre la base del presentado por el ejecutante. |
| Artículo 1743. Salvo que las partes hubieren acordado la base del remate, lo dispuesto en el Artículo 1652 tendrá aplicación en las ejecuciones hipotecarias. | Artículo 1743. Servirá de base para el remate lo dispuesto en los artículos 1652 y 1657 de este Código. |
|
Artículo 1744. Cuando en la escritura de hipoteca se hubiera renunciado a los trámites del proceso ejecutivo, el Juez con vista de la demanda y de los documentos que habla el artículo 1734, ordenará la venta del inmueble con notificación del dueño actual del bien hipotecado, pero no se podrán proponer incidentes ni presentar otra excepción que la de pago y prescripción. El pago puede efectuarse y comprobarse en cualquier estado del proceso. Si el ejecutado acreditara haber pagado antes de la interposición de la demanda, no será condenado a pagar costas causadas. La prueba de consistir en documento auténtico, en documento privado o en actuación judicial de los cuales aparezca de manera clara que se ha efectuado el pago.
|
Artículo 1744. Cuando en la escritura de hipoteca se hubiera renunciado a los trámites del proceso ejecutivo, el juez, con vista de la demanda y de los documentos de que trata el artículo 1734, ordenará la venta del inmueble con notificación del dueño actual del bien hipotecado, pero no se podrán proponer incidentes ni prestar otra excepción que la de pago y prescripción. El pago puede efectuarse y comprobarse en cualquier estado del proceso. Si el ejecutado acreditare haber pagado antes de la interposición de la demanda no será condenado a pagar costas causadas. La prueba de consistir en documento auténtico, en documento privado o en actuación judicial de los cuales aparezca de manera clara que se ha efectuado el pago. Servirá de base para el remate lo dispuesto en los artículos 1652 y 1657 de este Código. |
Principales efectos de la Ley 415 de 22 de noviembre de 2023
Las nuevas reglas en materia de fijación de base del remate de los bienes muebles e inmuebles son las siguientes:

Maximiliano Quintero
Asociado Senior