Para el registro de patentes en Panamá la solicitud debe estar acompañada de los siguientes documentos:
Nuestra legislación nos permite presentar la solicitud por medio de gestor oficioso, lo que consiste en que nuestra firma, sin poder, presente la patente y posteriormente aportar el poder. Para actuar como gestores oficiosos tendríamos que consignar una fianza por US $ 100.00; luego, la Oficina de Patentes nos otorga 2 meses para la presentación del poder; de no presentarlo dentro del término establecido, se puede solicitar una prórroga por un mes más, de no presentarla en este término se negaría la solicitud y se archivaría el expediente.
En caso de presentar la solicitud de patente sin alguno de los documentos mencionados, los mismos pueden ser presentados dentro de los siguientes términos:
La omisión de uno de estos documentos luego de los términos mencionados dará como resultado el rechazo de la aplicación. Esta documentación deberá llegar a nuestras oficinas hasta tres (3) días hábiles antes del vencimiento de estos términos. La presentación tardía de documentos conllevará un costo de $75.00 más ITBMS sobre honorarios.
Una vez recibida la solicitud de patente de invención, se realizará un examen de forma de la documentación, en donde la Oficina de Patentes podrá requerir que se aclare o subsane omisiones. De igual forma se examinará si el objeto de la solicitud de patente cumple con los requisitos de patentabilidad, salvo los de novedad y actividad inventiva. La Oficina de Patentes otorga un período de seis (6) meses, prorrogables por seis (6) meses más para subsanar las deficiencias de la solicitud. Dentro de los catorce (14) meses siguientes a la fecha de presentación o de la fecha de la prioridad, el solicitante deberá pedir a la Oficina de Patentes la realización del informe sobre el estado de la técnica.
Transcurridos dieciocho (18) meses desde la fecha de presentación de la solicitud o desde la fecha de la prioridad que se hubiere reivindicado, una vez superado el examen y hecha por el solicitante la petición del informe del estado de la técnica, se ordenará la publicación de la solicitud y la elaboración del estado del informe sobre el estado de la técnica en un término no mayor de ocho (8) meses. Una vez elaborado el informe sobre el estado de la técnica, se le dará traslado al solicitante de la patente y se publicara en el Boletín de Propiedad Industrial. Durante el término de dos (2) meses contados a partir de su publicación, cualquier persona podrá formular observaciones, debidamente razonadas y documentadas, al informe sobre el estado de la técnica. De no mediar observaciones se procederá a conceder la patente solicitada.
El registro de una patente tendrá una vigencia de veinte (20) años improrrogables, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud y estará sujeta al pago de los derechos que establezca la ley. El primer pago se hará al presentarse la solicitud, y los siguientes pagos cada quinquenio, contado éste a partir de la fecha del depósito de la solicitud.
Farah Molino
Socia Senior