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Permiso Permanente en calidad de Inversionista Calificado

¿Quiénes pueden aplicar a este permiso de residencia permanente?

Todas las personas que puedan hacer una inversión mínima de US$300,000.00 a US$750,000.00.

El Servicio Nacional de Migración y el Ministerio de Comercios e Industrias, admiten alguna de las siguientes opciones de cómo puede probarse la inversión de los US$300,000.00 a US$750,000.00:

  1. Invertir la suma de US$750,000.00 en la adquisición de un plazo fijo a título personal en un banco de la localidad libre de gravámenes y por un lapso mínimo de 5 años prorrogables.
  2. Propietario de un bien inmueble libre de gravámenes hasta la suma de US$300,000.00 a título personal o a nombre de una sociedad anónima demostrando que el extranjero es el accionista.
  3. Firmando un contrato de promesa de compra y venta de un bien inmueble libre de gravámenes hasta la suma de US$300,000.00 a título personal o a nombre de una sociedad anónima demostrando que el extranjero es el accionista. Los pagos para la compra y venta del inmueble deberán realizarse a través de una Fiduciaria con licencia en Panamá.
  4. Invertir por un lapso de 5 años la suma de US$500,000.00 a través de una Casa de Valores con licencia aprobada por la Superintendencia del Mercado de Valores de Panamá.

¿Se pueden traer a los dependientes?

Sí. Únicamente se consideran dependientes a la esposa (o), padres e hijos.  NO se requiere que el dependiente pruebe directamente su solvencia económica.

Procedimiento:

La solicitud de Permiso de Residencia Permanente podrá ser presentada desde antes de la entrada al país o estando los extranjeros en Panamá, siempre a través de un apoderado legal. Esta solicitud se presentará ante una ventanilla especial y al ser un permiso especial, el Servicio Nacional de Migración ha declarado que deberá expedir una resolución migratoria no mayor a treinta (30) días hábiles contados a partir de la recepción de la solicitud.  

PERMANENCIA DEFINITIVA  

Para mantener el permiso de residencia permanente, es necesario que la inversión se mantenga por un periodo de cinco años. Si la inversión cesara o deja de existir antes de culminar este término, sin que se reinventara en los términos de la ley, dará lugar a la cancelación inmediata de la residencia permanente que se le fue otorgada.

Nos complace quedar a su disposición para cualquier consulta que tenga respecto a lo arriba indicado o asistencia adicional que podamos brindarle.

Autor

Carlos Molino

Socio Principal

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